Exportar carnes a Estados Unidos
6.- ¿En qué condiciones se puede exportar carnes a los Estados Unidos?
En cuanto a la exportación de productos cárnicos a los Estados Unidos, los principales requisitos a cumplir corresponden a los de salud animal y de salud pública:
(a). Salud Animal: En la actualidad, Chile cumple con todos los requisitos de salud animal exigidos por los Estados Unidos. No obstante, si Ud. desea exportar productos exóticos, deberá cerciorarse con las autoridades pertinentes en Chile (SAG) si sus productos cumplen con la normativa estadounidense.
(b). Salud Pública: El procedimiento que utiliza el Food Safety and Inspection Service (FSIS) del USDA -servicio responsable de autorizar el ingreso de productos cárnicos a Estados Unidos- es establecer “equivalencia” con el Servicio de Inspección oficial de su contraparte, en este caso el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), como la entidad certificadora de las plantas que están en condiciones de exportar productos cárnicos al mercado estadounidense.
En abril de 2002, en colaboración con los técnicos del USDA, el SAG inició el trabajo técnico para obtener tal reconocimiento. El 21 de noviembre de 2005, el Departamento de Agricultura publicó en el Federal Register la Norma Final que autorizó el ingreso de carnes rojas y de cerdo chilenas a los Estados Unidos. Dicha norma entró en vigor con fecha 21 de diciembre del mismo año.
En relación al ingreso de carnes de aves, el 1 de noviembre de 2007 el USDA publicó en el Federal Register la Norma Final que permitió su ingreso al mercado estadounidense. Dicha Norma se hizo efectiva a partir del 3 de diciembre de 2007.
Mayores detalles acerca de los requisitos de importación para estos productos, el proceso de establecimiento de equivalencia así como el listado de los establecimientos elegibles para exportar al mercado estadounidense pueden ser consultados en:
• FSIS Eligible Foreign Meat and Poultry Establishments
(c). Rotulado: En primer lugar, los productores y exportadores deberán familiarizarse con los requisitos exigidos por el USDA-FSIS. Dicha información se encuentra disponible en: Labeling Procedures.
Los productos cárnicos importados deberán cumplir con los mismos requisitos de rotulado exigido a los productos domésticos: FSIS Labeling Guidance
Igualmente, se debería estudiar las normas propuestas en el marco de la Ley Agrícola de 2002: Country of Origin Labeling.
Los exportadores de carnes de bovinos deberán estudiar también el acuerdo alcanzado entre el SAG y el USDA-AMS –en el marco del TLC Chile-Estados Unidos— en materias de tipificación de cortes de carnes. Asimismo, deberán familiarizarse con la normativa estadounidense en materia de certificación de carnes. Esta información está disponible en el sitio Web del AMS: Meat Grading and Certification Branch.
(d). Aranceles y Cuotas: Por último, los exportadores interesados en el mercado estadounidense deberán conocer los detalles negociados en el TLC en materia de aranceles, cuotas y normas de aduana. Una de las fuentes de información más útil y completa a este respecto la proporciona la US International Trade Commission (USITC), en particular su sitio Web, que permite acceder a la base de datos del Sistema Armonizado de Tarifas (HTS) de los Estados Unidos a nivel de productos individuales (8 y 10 dígitos) en: 2016 U.S. Tariff and Trade Data for a specific product.
Esta información también está disponible en el Texto del TLC Chile – Estados Unidos. Los interesados deberán examinar en el Capítulo 3 – Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado — el listado de eliminación arancelaria de los Estados Unidos y las Notas Generales: Tratado de Libre Comercio Chile – Estados Unidos.
De acuerdo a lo negociado en el TLC, Chile dispone de acceso libre de aranceles para todo tipo de carne de vacuno desde enero de 2007. Las exportaciones de carne de cerdo y de cordero no están sujetas a cuotas y sus aranceles fueron eliminados a partir de la puesta en vigor del acuerdo, el 1 de enero de 2004. En cuanto a las carnes de ave, Chile dispone de un acceso libre de aranceles para las exportaciones de las mismas a partir de enero de 2013.
(e). Bioterrorismo y FSMA: Finalmente, se debe destacar que los productos cárnicos (con algunas excepciones) NO están sujetos a la normativa de la Ley de Bioterrorismo de los Estados Unidos ni la Ley de Modernizacion de la Inocuidad Alimentaria.